Corral de Bustos: Se rematarán motovehículos secuestrados

La Ordenanza que regula el procedimiento de subasta fue aprobada por el Concejo Deliberante.

El Ejecutivo Municipal, a través del Decreto Nº 87/2016, puso en vigencia la Ordenanza 1252/2016 sancionada por unanimidad por el Concejo Deliberante, por medio de la cual se «regula el procedimiento de subasta pública municipal para los motovehículos secuestrados por infracciones a las normas de tránsito que cuentan con sentencia condenatoria firme del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas».
Por medio de esta Ordenanza queda establecido que se pueden subastar los motovehículos que se encuentren en las siguientes condiciones:
A) Bienes muebles registrables no reclamados por sus titulares dominiales.
B) Bienes muebles registrables que no posean asignada identificación de dominio, por no haberse formalizado en tiempo y forma la inscripción constitutiva por ante DNRPA.
C) Bienes muebles registrables que no pudieren ser identificados.
El remate público estará a cargo del Martillero designado por el Departamento Ejecutivo Municipal, siendo sus honorarios los regulados por su régimen arancelario, mientras que la subasta será pública donde designe la municipalidad, mediante el Martillero Público Matriculado contratado al efecto.

motos01
El retiro de los bienes adquiridos por remate correrá por cuenta exclusiva del comprador y sólo se efectuará cuando se encuentre íntegramente abonado el precio en forma total y el comprador acredite que ha sido presentado el trámite de inscripción a su nombre ante el RNPA (DNRPA). El comprador solo podrá circular por la vía pública con el vehículo, cuando éste se encuentre debidamente inscripto, con la documentación pertinente y a su nombre. En caso de tratarse de bienes que no se hayan podido identificar registración dominial alguna, se rematarán como chatarra para su inmediato desguace a cargo del adquirente, sin perjuicio de que, la Autoridad de Aplicación, puede disponer la previa compactación, para su posterior entrega.
Esta medida alcanza a vehículos secuestrados en operativos de Tránsito, que no cumplimentaron con los requisitos que la Ley exige para la circulación en la vía pública y la falta de cumplimiento de las sanciones que en cada caso aplica el Juzgado Administrativo de Faltas Municipal. Por tal motivo, los predios o locales destinados a depósito, se encuentran en un estado de saturación y muchos de esos vehículos están depositados desde hace años sin ser reclamados o retirados por quien acredite un derecho de propiedad sobre los mismos, exteriorizando falta de interés en recuperar dichos vehículos lo que implica erogaciones innecesarias a cargo del Municipio, en gastos de vigilancia y alquiler de galpones, destinados a estos fines, así como la ocupación de predios propios, lo cuales podrían ser destinados a objetivos más prolíficos a la sociedad en general.

Compartir